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Usted podrá acceder a los distintos trámites necesarios según su naturaleza.

 



  Los trámites de constitución varían según la personalidad jurídica que usted adopte. Si usted decide crear su negocio como persona física los trámites también serán de naturaleza distinta.

Persona Física (Empresario Individual):
D.N.I.

Persona Física : Sociedad Civil / Comunidad de Bienes
D.N.I. de los promotores.
Contrato público o privado de constitución.
C.I.F. (Código de Identificación Fiscal).
I.T.P. (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados)

Persona Jurídica:

Certificación negativa del nombre:
  
Certificación de que el nombre no coincide con el de otra entidad.
Se solicita en el Registro Mercantil Central (para Sociedades) y en la Dirección General de Fomento de la Economía Social y del Fondo Social Europeo (para Cooperativas).
Se solicita con una instancia con los nombres elegidos (tres como máximo).
Validez: 2 meses (Sociedades) y 4 meses (Cooperativas).
Otorgamiento de escritura pública (sólo para Sociedades):
 
Acto para firmar la escritura de constitución de la sociedad.
Se realiza en una Notaría.
Se necesita la certificación negativa del nombre, los estatutos y el certificado bancario que certifique el desembolso del capital.
Calificación (sólo para Sociedades Laborales):
 
Acto para otorgar la calificación de Sociedad Laboral.
Se realiza en la Dirección General de Trabajo.
Se necesita la certificación negativa del nombre y copias (autorizada y simple) de la escritura de constitución.
Calificación (para Cooperativas):
 
Calificación del proyecto de estatutos.
Se realiza en la Dirección General de Trabajo.
Se necesita la certificación negativa del nombre, 2 copias del acta de la asamblea constituyente y 2 copias del proyecto de estatutos.
Código de Identificación Fiscal:
 
Solicitud del "NIF" de las personas jurídicas.
Se realiza en la Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal de la entidad.
Se necesita rellenar el impreso modelo 036 ó 037, acompañar una copia simple de la escritura de constitución, fotocopia de DNI del solicitante y si es una cooperativa 3 ejemplares de solicitud de calificación fiscal.
Plazo: 30 días desde el otorgamiento de la escritura.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
  
Impuesto que grava la constitución de una sociedad (1% del capital social).
Se realiza en la oficina de liquidación de impuestos correspondiente del Ministerio de Economía y Hacienda (puede estar delegado a la CCAA.).
Se necesita rellenar el impreso modelo 600, acompañar primera copia y copia simple de la escritura de constitución y fotocopia del CIF.
Plazo: 30 días desde el otorgamiento de la escritura.
Registro:
  
A través del Registro, la sociedad adquiere personalidad jurídica y da publicidad de su situación jurídica.
Los registros para cada sociedad son: Registro Mercantil (Sociedad Mercantil), Registro Administrativo de Sociedades Laborales de la Dirección General de Trabajo y Registro Mercantil (Sociedades Laborales) y Registro de las Cooperativas de la Dirección General de Trabajo (Cooperativas).
Se necesita presentar: certificación negativa de nombre, primera copia de escritura de constitución, CIF provisional, liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, acreditación del registro en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales (para Sociedades Laborales) y una copia autorizada y dos copias simples de la escritura de constitución (para Cooperativas).
Plazo: mes siguiente al otorgamiento de la escritura (sociedades mercantiles), dos meses (para sociedades limitadas y cooperativas)

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